4. El Congreso de Nuevo León alza la voz

Alejandro Envila Fisher
El Poder Legislativo de Nuevo León impugnó en agosto de 2026 la suspensión otorgada por la ministra de la Corte Estela Ríos, que protege al gobernador Samuel García de una destitución derivada del juicio político en curso. La impugnación del Congreso se hizo mediante un recurso de reclamación ante la propia Corte. A través de este recurso, el legislativo estatal solicitó oficialmente revocar la medida cautelar: la prohibición de sancionar con destitución al gobernador, concedida por la ministra, a partir de los siguientes argumentos:
1. Invasión de facultades y de la soberanía local
Los diputados de Nuevo León sostienen que la suspensión otorgada representa una intromisión indebida del Poder Judicial Federal en las facultades soberanas del congreso local. Señalaron que el juicio político es una vía constitucional exclusiva del Poder Legislativo de la entidad para sancionar responsabilidades graves, por lo que congelar la votación final o la aplicación de sanciones subvierte la división de poderes.
2. Generación de un "blindaje político" que equivale a impunidad
La impugnación del Congreso y las acusaciones de los bloques opositores a Sauel García sostienen que la medida no protege la gobernabilidad como afirma la ministra Ríos, sino que crea un "blindaje político temporal" que en los hechos, coloca al gobernador por encima de la ley. Lo anterior debido a que la Corte suele demorar meses, o años, en resolver el fondo una cointriversia constitucional. Eso provocaría, de hecho provocará, que el juicio político se prolongue incluso más allá del término de la gestión de Samuel García, lo que hará inoperante la justicia si no se revoca la medida cautelar en breve.
3. Desconocimiento de las instituciones de fiscalización locales
Legisladores y analistas jurídicos han advertido que con la suspensión de Estela Ríos la Corte envió un mensaje delicado al ignorar la institucionalidad y los esquemas de fiscalización internos de Nuevo León. Señalaron que las indagatorias de la Comisión Anticorrupción local abordan acusaciones de extrema gravedad —tales como peculado, enriquecimiento ilícito y la triangulación de dinero público hacia los despachos de la familia del gobernador— y que frenar los efectos del juicio minimiza la gravedad de las conductas y el valor de las pruebas encontradas sobre actos ilícitos que se atribuyen al gobernador.
4. Contradicción en los efectos de la suspensión
Juristas y críticos de la medida han destacado una contradicción de carácter técnico en la suspensión de la ministra: se permite que el Congreso continúe desahogando todo el proceso (lo que implica gastar recursos públicos en investigar, realizar audiencias y armar expedientes) pero se le prohíbe llegar a su conclusión natural. Esto, según argumentan, convierte el ejercicio legislativo en un trámite puramente "mediático" y sin fuerza vinculante real a corto plazo. En otras palabras deja al congreso local como una figura decorativa.
El estado de las cosas y los riesgos
El recurso de reclamación está admitido y la Corte analiza de forma paralela el expediente principal para emitir una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto.
Mientras eso ocurre, la División de Poderes y la autonomía estatal fueron suspendidas en Nuevo León por una resolución incomprensible que parece sospechosa, pero que además, emana de la misma ministra de la Corte que en el Pleno reniega de la inerpretación del texto constitucional, pero en sus oficinas firma una resolución sustentada en una interpretación sui generis, que vulnera el régimen federal y la división de poderes, además de otorgar impunidad a un gobernador procesado.




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